Limitación en la venta de diésel: 120 litros mensuales por cliente
La Asociación de Estaciones de Servicio de Santa Cruz (Asosur) ha anunciado que, a partir de ahora, los clientes solo podrán adquirir hasta 120 litros de diésel al mes en envases como bidones y otros recipientes. Esta medida responde al cumplimiento del Decreto Supremo 5676, que introduce nuevas pautas para la comercialización de este combustible.
Esta restricción será provisional y permanecerá vigente mientras las estaciones y el ente regulador implementan las adecuaciones necesarias en sus sistemas de facturación. Es importante aclarar que este límite de 120 litros no prohíbe a las personas o empresas utilizar más diésel al mes, sino que solo determina la cantidad que se puede adquirir en una estación de servicio en envases.
Impacto en usuarios y productores
Esta nueva normativa es de particular relevancia para agricultores y empresas que dependen del diésel para operar maquinaria, generadores y otros equipos que no son abastecidos directamente desde un surtidor. La Disposición Transitoria Tercera del DS 5676 señala que, en la transición, los Usuarios Directos deben adquirir el combustible exclusivamente en las plantas de almacenaje de YPFB y/o YPFB Logística S.A. Estos Usuarios Directos son aquellos que requieren entre 120 y 5.000 litros mensuales para su uso.
De este modo, un productor que necesite 130 litros ya no podrá comprarlos en bidones en una estación, sino que deberá registrarse en el sistema destinado a los Usuarios Directos. Este umbral de 120 litros ya era utilizado anteriormente por la ANH como referencia para la compra de carburante en recipientes, centrándose en la identificación de los compradores.
El Ministerio de la Presidencia, a través de Fernando Aramayo, ha señalado que se ha detectado un problema de "microcontrabando" relacionado con el diésel, que se ha estado desviando de las estaciones y tanques. La nueva regulación busca evitar que el combustible subvencionado salga del circuito formal, obligando a los productores y empresas a adaptarse a un nuevo método de compra.
Con la implementación de esta normativa, además, se establece un nuevo Precio Referencial Inicial de Bs 18 por litro para los consumidores bajo el DS 5676. Así, los 120 litros pasan de ser una simple referencia a convertirse en un aspecto crucial del nuevo esquema, donde las compras que superen esta cantidad se canalizarán a través de un circuito diferente de abastecimiento y precios.
Esta medida representa un cambio significativo en la forma en que se comercializa el diésel, y se espera que facilite la identificación de los diferentes grupos de consumidores según lo estipulado por la norma, además de mejorar el control sobre el uso de este recurso vital para diversas actividades económicas en el país.